lunes, diciembre 11, 2023
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SBS: Conoce las comisiones que no puede cobrarte los bancos en créditos

La Superintendencia de Banca y Seguros del Perú, proporciona información respecto a las comisiones o gastos que las entidades financieras no pueden cobrarles a las personas.

Si cuenta con una tarjeta de crédito o débito, préstamo o depósito, es importante que conozca que las comisiones o gastos que no tienen que cobrarle en los bancos.

COMISIONES PROHIBIDAS POR COBRAR EN LAS ENTIDADES FINANCIERAS

De acuerdo con la SBS, las entidades financieras estan prohibidas de cobrarle a los clientes en los siguientes servicios:

  • Recepción o gestión de billetes al realizar toda operación financiera
  • Tramitar un reclamo
  • Brindar asesoría financiera relacionada con la oferta, comercialización o ejecución de un contrato de un producto financiero.

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Depósitos: Si un cliente tiene un depósito, las entidades no podrán cobrarle comisión o gasto en lo siguiente:

  • Mantenimiento administración en cuentas inactivas
  • Devolución de un cheque mal girado o sin fondos, al ser cheques de la misma empresa
  • Remisión de depósitos al Fondo de Seguro de Depósitos
  • Cobro por envío de estados de cuenta en medios electrónicos.
  • Cargos en general, cuando la apertura de la cuenta establezca de requisitos al realizar cargos relativos al pago de algún crédito
  • En el caso de las empresas bancarias, cargos interplaca en retiro de efectivo, mediante cajero automático del mismo banco o ventanillas.

Tarjeta de crédito o préstamo: Las entidades financieras no estas permitidas en cobrarle comisión en lo siguiente.

  • Evaluación crediticia previo a darle un crédito, tarjeta de crédito o una consulta a la central de riesgos
  • Estados de cuenta en medios electrónicos
  • Pagos anticipados totales o parciales, adelanto de cuotas de crédito
  • Emisión y entrega de la primera constancia de no adeudo al pagar por completo su crédito.
  • Emisión y entrega de la constancia de situación crediticia, al ser reportado por error como deudor en una entidad financiera en la central de riesgo SBS.
  • Gestiones de cobranza a través de llamadas telefónicas, cartas o visitas a domicilio, cartas notariales.
  • Cobrar por pagos diferentes al interés moratorio, por concepto de pago de obligaciones fuera de fecha.
  • En evaluación, administración y/o gestión de póliza endosada, en caso del seguro desgravamen que sea condición para contratar un producto crediticio.
  • Si hay acceso y gestiones relacionadas al tratamiento de clientes con dificultades temporales en el pago de créditos, bajo el marco de una declaratoria de estado de emergencia.

Tarjeta de crédito: No pueden cobrarle comisión en lo siguiente

  • Dispones de efectivo de su tarjeta
  • Exceder el límite de su línea de crédito
  • Mantenimiento o administración de su crédito bajo el sistema resolvente

En préstamos: A los clientes con préstamos no pueden cobrarle comisión en lo siguiente

  • Desembolso del monto prestado
  • Gestiones relacionadas a evaluación, constitución y administración de garantías en créditos condicionados a su constitución
  • Emisión del documento (cláusula adicional, minuta, etc.) para el levantamiento de una garantía, teniendo solo que pagar los gastos por servicios notariales y registrales.
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