De acuerdo con información de la Defensoría del Pueblo (2018), el 95.3% de las demandas por omisión del pago de pensión de alimento, fue realizado por mujeres, siendo más del 60% que tuvo que dejar de laborar para cuidar a sus hijos.
En caso, el progenitor, ya tiene un juicio de alimentos, sea sentencia o conciliación, pero no paga, podrá realizar su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).
Con ello, podrá mandar un reporte a las centrales de riesgo privadas y la SBS, quedando registrada la información, que lo impedirá a acceder a algún financiamiento.
¿QUIÉNES PUEDEN SER INSCRIBIBLES O SE PUEDEN REGISTRAR EN REDAM?
Si el deudor no cumple con el pago de la pensión en el proceso judicial de alimentos, en caso no las paguen en un plazo de 3 meses desde que son exigibles.
LEE TAMBIÉN: Infocorp: Conoce cuánto tiempo tarda en borrarse una deuda (andesnoticias.com)
¿CÓMO REALIZAR LA INSCRIPCIÓN?
Cabe mencionar que el trámite es gratuito, además de contar con diferentes centros de Redam en todo el país, ingresando al siguiente link https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema_home/as_servicios/as_enlaces_de_interes/as_redam/as_oficinas_dis_redam/ podrá ver la lista de oficinas con sus respectivos números de teléfono.
Los requisitos que debe cumplir son:
- El ciudadano que esta en representación del proceso, es el responsable de pedir el registro
- Los menores de edad están impedidos de requerirlo
- Para solicitar la demanda por alimentos necesitará: Partida de nacimiento del menor firmado por el apoderado, copia del DNI de la madre, recibo de gastos (por servicios y alimentos), ficha Reniec del demandado para establecer la ubicación fiscal