En caso tenga sus ahorros en un banco o caja municipal, y tenga dudas sobre lo que ocurriría si es que la entidad quiebra o es intervenida por las autoridades, debe saber que se cuenta con un Fondo de Seguros de Depósitos, el cual cubre clientes de compañías supervisadas por la SBS.
¿QUÉ OCURRE CON MI DINERO SI EL BANCO O CAJA QUIEBRA?
El FSD cubre a las entidades financieras supervisadas por la SBS y con autorización para captar depósitos, el cual no tiene costo para los depositantes. Al quebrar las compañías, la SBS da un plazo de 60 días para que los liquidadores realicen la relación de personas cubiertas.
Para luego, iniciar los pagos de coberturas en un plazo no mayor a 10 días hábiles, cuyos fondos serán transferidos a otra entidad de los clientes, comento José Luis Tejada, profesor de la facultad de negocios de la UPC.
“(El pago del seguro) toma un tiempo, no es automático; pero hay seguridad de que uno no va a perder. Lo importante es que tampoco se pierden los intereses. Es el monto que haya tenido la persona al momento del cierre de la institución financiera”, detalló.
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De igual manera, el FSD cubre “únicamente los depósitos nominativos”, donde figura el nombre del titular de la cuenta, cubriendo los siguientes tipos de cuenta:
- Cuentas de ahorros
- Cuentas corrientes
- Cuentas a plazo fijo
- Cuentas de compensación por tiempo de servicios
¿CUÁNTO DINERO ME DEVUELVE EL BANCO SI QUIEBRA?
A la fecha, el monto máximo que cubre el FSD es de s/124 428 vigentes entre setiembre y noviembre del presente año.
En caso el usuario tenga más de s/124 428 en una entidad intervenida por la SBS, el saldo no cubierto “podrá ser devuelto en parte o en su totalidad, dependiendo de los resultados del proceso de liquidación”, indica la FSD.
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