Es muy probable que en más de una ocasión que al momento de comprar en un establecimiento comercial, le pidieron su número de DNI, debe conocer que esta práctica es ilegal, teniendo la opción de tomar medidas ante ello.
La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios, indico que los consumidores no deben dar su número de DNI al realizar compras en un establecimiento comercial si el pago es en efectivo.
Asimismo, el presidente de Aspec, Crisólogo Cáceres, comento que dicha práctica en los establecimientos no es legal, habiendo casos donde es necesario.
«Cuando un consumidor compra un producto en un establecimiento comercial, así pague al contado, en la caja le piden casi siempre que brinde su número de DNI. Normalmente el consumidor accede a dicha solicitud que es ilegal», detalló.
¿POR QUÉ NO SE DBE DAR EL DNI AL COMPRAR?
Los consumidores tienen derecho a tener en reserva su información personal como su número de DNI o RUC. Al otorgar su número de documento de identidad, podrían ser utilizados sin su consentimiento para fines comerciales, por ejemplo, en perfil de publicidad y creación de bases de datos.
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¿EN QUÉ CASOS ES NECESARIO DAR EL NÚMERO DE DNI?
En dos casos, tendrá que dar su número de DNI: cuando el monto supera los 700 soles, mientras que, el segundo es cuando las comprar pueden ser descontadas del pago de Impuesto a la Renta.
«Los consumidores no están obligados a brindar su número de DNI a ningún proveedor, excepto cuando el monto de la compra supere los 700 soles de acuerdo con la Resolución 007-99 de la Sunat, numeral 3.10″, comento Cáceres.
En caso el trabajador del establecimiento insiste en dar su número de DNI, podrá solicitar el libro de reclamaciones e indicar que el lugar no ofrece un servicio apto.
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