De acuerdo con información de la Defensoría del Pueblo (2018), el 95.3% de las demandas por omisión de pago de alimentos fueron realizador por mujeres, siendo más del 60% que dejaron de trabajar para cuidar a sus hijos.
Si la persona tiene un juicio de alimentos, ya sea una sentencia o conciliación pero todavía no paga, podrá inscrirlo en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam)
Con ello, se podrá mandar un reporte a las centrales de riesgo privadas y a la misma SBS, quedando registrada la información, impidiendo que pueda acceder a algún financiamiento.
¿A QUIÉNES SE PUEDEN REGISTRAR EN REDAM?
Los que no cumplan en pagar la pensión alimenticia durante el proceso judicial de alimentos, si no lo paguen en un plazo de 3 meses, desde que son exigibles.
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¿CÓMO REALIZAR LA INSCRIPCIÓN?
Cabe indicar que, el trámite es gratuito y se cuentan con dierentes centros de Redam en todo el país, en el siguiente link: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema_home/as_servicios/as_enlaces_de_interes/as_redam/as_oficinas_dis_redam/ podrá ver su lista de oficinas.
Los requisitos que debe cumplir, son:
- La persona que este en representación del proceso es el responsable de solicitar el registro
- Los menores de edad no pueden solicitarlo
- Para solicitar una demanda por alimentos: partida de nacimiento del menor firmado por el apoderado, copia de DNI de la madre, recibo de gastos, ficha Reniec del demandado para establecer la ubicación fiscal