
Miles de usuarios del sistema financiero, se han cuestionado que ocurriria con su dinero en sus cuentas al fallecer, cabe indicar que, este proceso es regulado por la SBS que da información sobre depósitos, seguros, créditos y pensiones de un fallecido.
¿QUÉ PASA CON MISS AHORROS EN EL BANCO SI MUERO?
Según el gerente egal de la APESEG, Eduardo Chávez, el dinero no pasa a ser propiedad del banco, ya que, se da a los familiares o herederos directos.
“Si eres un ahorrista del banco y lamentablemente falleces, ese dinero no se lo va quedar el banco. Lo que tienen que hacer los familiares es presentar la sucesión intestada, o llamada también declaratoria de herederos, y una vez que se presente la declaratoria, los herederos legales del banco van a poder acceder al dinero de quien en vida mantuvo sus ahorros”, detalló.
LEE TAMBIÉN: Conoce que aparatos debes desenchufar para bajar el recibo de luz (andesnoticias.com)
¿CÓMO SACAR LA DECLARATORIA DE HEREDEROS?
En casos donde el fallecido y titular de la cuenta no designo un testamento, se procede a tramitar una sucesión intestada o declaratoria de herederos.
Dicho documento se realiza ante un notario o en el Poder Judicial, para después inscribir en registros públicos y presentarlo en la entidad financiera.
“Automáticamente el banco libera esos ahorros a favor de los herederos legales”, comento Chávez.
De igual manera, si hay un testamento, los familiares debe protocolizarlo en una notaria e inscribirlo en registros públicos para acceder a los fondos del fallecido.
Por último, el gerente legal de APESEG recomendo a los ciudadanos averiguar si la persona fallecida tenía algun beneficio relacionado a su cuenta de ahorros.