Los peruanos ahora podrán decidir si quieren anteponer el apellido de su madre al de su padre y registrarlos en el Reniec, debido a la nueva Ley del Tribunal Constitucional.
El artículo 20 del Código Civil establece que «los hijos llevarán el apellido del padre y el apellido de la madre»
Como explicó Reniec, este artículo establece que, al inscribir a una persona en el registro nacional, el apellido del padre siempre debe ir primero.
En este sentido, piden a los peruanos que utilicen el apellido paterno y luego el materno, o en su defecto corregir esta práctica.
TC emitió una nueva sentencia en la que señaló que la interpretación del artículo 20 del Código Civil hecha por Reniec es inconstitucional.
“El establecer la prioridad del apellido paterno por sobre el materno en la asignación del nombre vulnera el principioderecho de igualdad por razón de sexo”, mencionó.
Además, indicaron que “avala la cosificación estereotipada que ha tenido la mujer en el ámbito familiar”.